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¿Cuáles son las obligaciones fiscales de una empresa?

Obligaciones Fiscales de una Empresa

Conocer las obligaciones fiscales de una empresa es fundamental para estar al día y cumplir con las normas tributarias, evitar sanciones indeseadas, y asegurar la viabilidad de nuestro negocio. Desde el Impuesto de Sociedades hasta los pagos del IVA, es importante conocer estos requisitos y saber en qué momento debemos cumplir con ellos, tanto antes como después del inicio de la actividad empresarial. Por eso a continuación vamos a explicarte con detalle cuáles son las obligaciones tributarias que toda sociedad, pyme o autónomo debe cumplir.

Obligaciones fiscales de una empresa antes de iniciar su actividad

Alta en Hacienda:

Antes de iniciar la actividad, es necesario darse de alta en Hacienda presentando la declaración censal, utilizando el modelo 036 o 037.

Impuesto de Actividades Económicas:

Habrá también que darse de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) para quienes estén sujeto a él, dependiendo de la forma jurídica de la empresa y de su situación (sólo se paga si se supera el millón de euros en ingresos netos durante el penúltimo año previo al pago del impuesto); el alta se realiza con los modelos 840 u 848. En el caso de las sociedades mercantiles, deberán además darse de alta con el modelo 600 para abonar el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) en la modalidad de Actos Jurídicos Documentados.

Obligaciones tributarias tras iniciar la actividad

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):

Tras iniciar la actividad, se debe declarar el IVA trimestralmente (modelo 303) y anualmente (modelo 390); para calcularlo se tiene en cuenta la diferencia entre IVA soportado (el que pagamos a los proveedores) e IVA repercutido (el pagado por nuestros clientes).

Impuesto de Sociedades:

Si se tributa por el Impuesto de Sociedades (para sociedades mercantiles y civiles con personalidad jurídica) se debe presentar trimestralmente (si se obtienen beneficios) mediante el modelo 202 para los pagos fraccionados, entre los días 1 y 20 en abril, octubre y diciembre; también hay que presentar el IS anualmente, con el modelo 200, en el plazo de los 25 días naturales siguientes tras cumplirse 6 meses del fin del período impositivo (habitualmente hasta el 25 de julio). Deben presentar el Impuesto de Sociedades las empresas afincadas en España aun si no han tenido actividad o rentas.

Declaración de la Renta:

Los autónomos y sociedades civiles sin personalidad jurídica, que están exentos del Impuesto de Sociedades, deben tributar presentando la declaración de la Renta, declarando actividad, ingresos y gastos mediante el modelo 100. También deben presentar trimestralmente los pagos fraccionados a cuenta mediante el modelo 130 (para estimación directa normal o simplificada) o el modelo 131 (para régimen de estimación objetiva), salvo en el caso de los profesionales con ingresos sujetos a retención.

Retenciones del IRPF:

Si se hacen pagos sometidos a retención, ya sea por tener empleados o por realizar pagos a profesionales, se debe presentar el modelo trimestral 111, y el modelo 190 al finalizar el ejercicio. Si las retenciones son por arrendamientos de inmuebles (por ejemplo, pagos por el alquiler de un local), se presenta trimestralmente el modelo 115, y anualmente el 180.

Obligaciones fiscales según la cifra de negocio

Impuesto de Actividades Económicas:

El IAE (Impuesto de Actividades Económicas) es un tributo al que sólo están sujetas aquellas grandes empresas cuya cifra de negocio supere el millón de euros anual en su tercer año de existencia. El alta (y también la baja) en el impuesto se realiza mediante el modelo 840, el 1 de enero de cada año.

Operaciones con terceros e intracomunitarias

Operaciones con terceros:

Las operaciones de ingresos o gastos con terceros (personas o entidades) que en el año natural anterior hayan superado -en total y con el mismo cliente o proveedor- los 3.006 euros, deben declararse anualmente mediante el modelo 347 antes del 28 de febrero del año siguiente a la operación.

Operaciones intracomunitarias:

Las operaciones de compraventa con empresas o sociedades radicadas en un país miembro de la UE deben declararse trimestralmente mediante el modelo 349 (sólo informativo, sin pago de impuestos), siendo además necesario darse de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).

Obligaciones al finalizar la actividad

Baja en Hacienda:

Finalizada la actividad económica, es necesario darse de baja en el plazo máximo de un mes presentando de nuevo la declaración censal (modelo 036 o 037).

Baja en el IAE:

Para quienes estén sujetos a él, es necesario además presentar la baja en el Impuesto de Actividades Económicas presentando los modelos 840 u 848.

Otras obligaciones de la empresa:

Además de las obligaciones fiscales y tributarias ya mencionadas, otros requisitos que deben cumplir las empresas son:

  • presentación de cuentas anuales
  • pago de cotizaciones a la seguridad social
  • comunicación de cambios de domicilio social y fiscal
  • obtención del certificado digital

Aunque es importante conocer todos estos requisitos así como las obligaciones fiscales de una empresa, muchas sociedades y autónomos que no cuentan con un departamento de contabilidad propio recurren habitualmente a gestorías y asesorías externas para ocuparse de estos trámites y evitar problemas con el pago de impuestos. Eso es justo lo que mejor sabemos hacer en ContaKing, donde llevamos más de 40 años ofreciendo servicios de asesoría fiscal a todo tipo de sociedades, pymes y autónomos, dando un servicio personalizado y de calidad a cada uno de nuestros clientes. Habla con nosotros: sabemos cómo ayudarte.

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