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¿Cómo denunciar por mobbing o acoso laboral?

Denunciar mobbing o acoso laboral

El acoso laboral, también conocido como mobbing, es una situación mucho más común de lo que parece en lo que se refiere al entorno de trabajo. Si te has sentido vejado reiteradas veces por un compañero o por tu propio jefe, probablemente estés sufriendo un caso de mobbing. Dichas situaciones se presentan de varias formas que al final pueden desencadenar problemas psicológicos, atentando contra tu integridad como persona. A continuación te explicamos con más detalle qué es el acoso laboral y cómo denunciarlo.

¿Qué es el mobbing o acoso laboral?

El mobbing se define más concretamente como el conjunto de acciones continuadas de violencia psicológica injustificada (insultos, humillaciones, menosprecios, aislamiento, difusión de rumores, etc.), que superiores, compañeros de trabajo o la propia empresa ejercen sobre la víctima.

Estas actuaciones pueden constituir un delito, de acuerdo con el artículo 173 del Código Penal, el cual regula el acoso laboral. Dicha ley indica que quienes se aprovechan de su relación de superioridad laboral podrán ser castigados con pena de prisión de 6 meses hasta 2 años. Por tanto, conviene profundizar en los diferentes tipos de acoso o mobbing en el trabajo para tomar las medidas adecuadas en caso de ser víctima de estas prácticas.

Tipos de acoso o mobbing en el trabajo

Existen tres tipos de mobbing dependiendo de la posición jerárquica, que suelen ser los siguientes:

  • Mobbing ascendente: Ocurre cuando un trabajador con un puesto superior es acosado por uno o más trabajadores con puestos subordinados.
  • Mobbing horizontal: Este tipo de acoso se produce entre compañeros que tienen el mismo nivel jerárquico en la empresa.
  • Mobbing descendente: Es el tipo más habitual. Una persona tiene el poder sobre otra y lo ejerce mediante desprecios, falsas acusaciones, insultos para minar psicológicamente a la víctima.

A su misma vez, las dinámicas del acoso laboral suelen conllevar unas fases, en un principio con actitudes aparentemente inocentes.

Fases del mobbing

Lo cierto es que todas estas conductas se realizan de forma consciente, abusiva y premeditada con el objetivo de degradar el clima laboral de la víctima de modo que acabe por abandonar su puesto de trabajo. Las fases que se suelen dar son las siguientes:

  1. Fase de conflicto. Pasamos muchas horas en nuestro lugar de trabajo y es normal que a veces aparezcan conflictos interpersonales debido a diferentes puntos de vista o intereses. Sin embargo, cuando estas diferencias no se resuelven de forma positiva a través del diálogo, esto puede originar una brecha en la relación laboral.
  2. Fase de estigmatización. Esta etapa es crucial. Determina el comienzo de la dinámica del acoso propiamente dicho en la actividad laboral. Se caracteriza por ataques manifiestos y prolongados en el tiempo y se podría incluir ya dentro de la práctica del mobbing.
  3. Fase de intervención:. Lo más razonable es que, dada la magnitud del problema y si la situación es conocida por la dirección, se tome conciencia y se adopte un conjunto de medidas dirigidas a resolver los acontecimientos. Sin embargo, esta fase suele no tener lugar casi nunca.
  4. Fase de exclusión. Llegamos a este punto cuando las demás fases fallan. En el momento en el que no se toman las medidas adecuadas y la persona ya está muy mermada psicológicamente. Como consecuencia, suele desembocar en el abandono de la víctima de su puesto de trabajo.

Definitivamente, las consecuencias de esta práctica son demoledoras, ya que la persona objeto de acoso pierde su autoestima, ve mermadas sus capacidades profesionales y sus relaciones personales en el entorno laboral se deterioran, entre otros. Dichas actuaciones pueden llevar al límite a la víctima, pudiendo a veces incluso desencadenar cuadros agudos de estrés y depresión.

Cómo denunciar el acoso laboral

El acoso laboral tiene consecuencias legales graves, ya que está tipificado como delito. Si llegados a este punto te has identificado con más de una situación, debes reaccionar ante esta situación de mobbing para proteger tu integridad personal. Existen varias vías para denunciar el mobbing, pero siempre se recomienda empezar por la vía extrajudicial.

Vía extrajudicial

Antes de decidirse a denunciar la situación de acoso laboral es importante recabar pruebas para acreditar la situación, como buscar testigos o guardar mensajes o llamadas acusatorias. Después, presenta una queja formal a Recursos Humanos, detallando todas las instancias de acoso, adjuntando dichas pruebas y solicitando una investigación.

En muchos casos, las empresas tienen implantado un protocolo contra el acoso, que se activa en el momento de recibir una denuncia. Una comisión de investigación se encargará de investigar los hechos y de elaborar un informe con sus conclusiones, que remitirá a la dirección de la empresa (siempre y cuando el acoso no proceda de la dirección) para que se tomen las medidas oportunas en caso de comprobarse la existencia del acoso.

Si tu empresa no tiene departamento de Recursos Humanos, o no estás satisfecho con la resolución que han dado a tu caso, puedes acudir a la Inspección de Trabajo y denunciar el acoso ante ella. En este caso, un inspector será el encargado de visitar el lugar de trabajo para constatar, de forma directa y personal, que los hechos denunciados son ciertos.

En caso de querer proseguir por la vía judicial, especialmente para la reclamación de posibles indemnizaciones, esta acta de la Inspección de Trabajo será una prueba esencial, ya que a este organismo se lo considera veraz, objetivo e imparcial.

Vía judicial

La última vía a la que podemos recurrir es la vía judicial, en la que, dependiendo de lo que queramos conseguir, deberemos acudir a un orden jurisdiccional u otro. En cualquier caso, lo habitual es que se demande tanto al acosador como a la empresa.

  • Por lo Social: Aquí se interpondría una Demanda por tutela de Derechos Fundamentales, puesto que el acoso atenta contra diferentes derechos fundamentales, consiguiendo una indemnización por daños y perjuicios además de la extinción laboral.
  • Por lo Penal: El acoso laboral está reconocido y tipificado en el artículo 173.1 del Código Penal y castigado con pena de prisión de 6 meses a 2 años.
  • Por lo Civil: Aparte de la indemnización por daños y perjuicios que puede solicitarse en la vía Social, la víctima de acoso también podrá solicitar una indemnización del acosador (cuando no es el empresario) a través de la jurisdicción Civil.

En cualquier caso, lo más recomendable es contar con el asesoramiento de un abogado especialista en derecho laboral, que cuente con experiencia en reclamaciones por acoso laboral y sea experto en la materia.

¿Cómo puede ayudar ContaKing con tu denuncia?

Las situaciones de mobbing son difíciles y llevar a cabo una demanda por acoso laboral no siempre es fácil. Como ya habrás visto, este es un proceso complicado que requiere de abogados expertos en acoso laboral. En Contaking, somos conscientes de la dificultad de los casos relacionados con acoso y por eso nuestros abogados laboralistas te pueden ayudar a denunciar el acoso laboral mediante vía judicial.

Nuestro equipo de profesionales está comprometido a respaldar tus derechos laborales como trabajador y a buscar una solución justa. Recuerda que nadie debería de tolerar este tipo de comportamientos, así que échale cuanto antes el freno con nosotros.

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